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Según la normativa que rige en la Argentina para ejercer actividades comerciales, los negocios deben estar inscriptos bajo cierta categoría tributaria en la AFIP (Administración Empresarial de Ingresos Públicos). Generalmente, Responsables Inscriptos y Monotributistas.
Por lo tanto, por cada transacción de compra-venta, la empresa o el comerciante particular, debe emitir una factura.
De esta manera, la AFIP explica que “eludir la emisión de una factura implica un delito tributario”.
¿Hay sanciones por no facturar?
Si una persona no factura mensualmente, la AFIP puede inhabilitarla para continuar en el monotributo y podría también sancionar al contribuyente con una multa económica.
La AFIP cuenta con la potestad de cobrar al moroso la suma adeudada, que se generó, de forma pasiva, por el impuesto de Ingresos Brutos (IIBB).
¿Qué tipos de comprobantes fiscales hay?
¿Cómo se emiten los comprobantes? ¿Qué pasa si no puedo facturar?
¿Se puede imprimir una Factura Electrónica CAE / CAEA en una comandera?
Según la RG4291/2018 los artículos 14 y 15, hacen referencia a que se se puede usar una comandera, utilizando el formato de tique de los controladores fiscales, reemplazando CF por el CAE o CAEA, según sea el caso.
Con este formato de Tique y reemplazando CF por el nro de CAE o CAEA, estaría bien según la RG4291 ART.15.
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